Visa Tipo M Madre o padre o hijo de nacional colombiano por adopción
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Visa Tipo M Madre o padre o hijo de nacional colombiano por adopción
Requisitos Específicos
La autoridad de visas y migración verificará en la base de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores la carta de naturaleza o resolución de registro de nacionalidad colombiana por adopción del solicitante sea padre o madre o hijo. En caso de que no sea posible realizar esta consulta, el interesado deberá aportarla.
Cuando se solicite por ser hijo de colombiano por adopción, el solicitante debe ser menor de 25 años y depender económicamente del colombiano por adopción.
Copia auténtica del certificado de nacimiento o registro civil que, de acuerdo con las leyes del país emisor, acredite el parentesco en primer grado de consanguinidad entre el nacional colombiano por adopción y el extranjero que solicita la visa.
Carta de solicitud firmada por el nacional colombiano para la adopción del que es padre o hijo. Si es menor de edad, la carta debe estar firmada por las personas que ejercen la patria potestad o la tutela.
Demostrar la solvencia económica a través de los promedios de los extractos bancarios de los últimos 6 meses, y la fuente de ingresos.
Visa Tipo M Madre o padre o hijo de nacional colombiano por adopción
Validez y Restricciones
Validez
Hasta tres (3) años.
Presupuestos, asesoramiento y procedimientos
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Servicios legales de Visa
¿Cuáles son los costos pagados a las
entidades colombianas?
Solicitud de Visa
52 USD
Visa
391 USD
Cédula de Extranjería
65 USD aprox